datos de la subsección
Finalidad:
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Mediante este servicio se permite la presentación por medios electrónicos o con carácter presencial de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Diputación, expidiendo los recibos justificativos de presentación en el Registro General. El registro de entrada se deriva a las unidades tramitadoras destinatarias de la solicitud por medios electrónicos. Es necesario aportar la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento objeto de la solicitud. |
Quien lo puede Presentar:
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Cualquier persona que posea certificado reconocido. |
Plazos de Presentación:
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Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen. |
Presentación:
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También puede presentar su solicitud a través de los restantes medios que se reconocen en la ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común: Oficinas de Correos, representaciones diplomáticas o representaciones insulares, oficinas red 060.
Acceso a los modelos normalizados de solicitud |
Organo Gestor:
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El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud |
Plazo de resolución:
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El que corresponda en función de la normativa vigente aplicable al procedimiento administrativo objeto de la solicitud. |
Efecto del silencio Administrativo:
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No procede |
Recursos:
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Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud. |
Normativa básica:
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Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Reglamento regulador del régimen de funcionamiento del Registro General de Entrada y Salida de documentos de esta Diputación
Aquella aplicable en función del procedimiento objeto de la solicitud. |
Nivel de identificación del solicitante:
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Alto: |
Certificado digital reconocido y firma electrónica |
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Documentos a Presentar:
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Documentación
- Solicitud
- Documentación general
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